lunes, octubre 20, 2003

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Las noticias más espectaculares y sobre todo, los enredos de la política mexicana me hacen dudar mucho su legalidad y honorabilidad, sobre quiénes en realidad juegan limpio y quiénes son los malos en el juego de nuestro país. Ya es casi imposible distinguir entre ellos, la malicia y la corrupción es su pan de cada día, en los altos mandos de nuestro gobierno y hasta los más bajos. Hoy no estoy tan inspirado para escribir, por lo que les pongo un par de textos que he encontrado y me parecen interesantes, además de temblorosos. Quiero aclarar, que los autores de los textos que hemos posteado, no tienen conocimiento de que lo hacemos, además este foro no recibe ningún dinero por su publicación, la divulgación de la información es completamente gratuita y nosotros no tenemos ninguna relación estrecha con los autores, mucho menos, alguna postura a favor de sus acciones políticas.

Caso Paraje San Juan: el imperio de la corrupción
por Samuel L. del Villar
Tomado del Periódico La Jornada (México D.F. Lunes 20 de octubre de 2003)

La confusión del imperio de la ley con el de la corrupción es el concepto que sintetiza mejor, me parece, el cimiento de la atrofia institucional que tiene postrado a nuestro país en lo político, económico y social por el ejercicio desviado de los poderes Legislativo, Ejecutivo y, más grave aún, del Judicial, que se supone debe garantizar la efectividad de la Constitución y de las leyes que de ella emanan.
Destaca, en este momento, la orden del Poder Judicial de la Federación al jefe de Gobierno del Distrito Federal para que fuerce a su población a pagar mil 810 millones de pesos con base en "violaciones graves a las garantías individuales de sus gobernados, como resultado de las conductas fraudulentas perfeccionadas por medio del juicio de amparo 508/989, así como las conductas de funcionarios judiciales que han participado en el presente asunto", en términos del señor Andrés Manuel López Obrador, en su solicitud correspondiente de investigación al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ministro Mariano Azuela Güitrón, del 6 de octubre pasado. Una revisión de los elementos fundamentales del asunto administrativo-judicial generado por el decreto de expropiación de 306.7 hectáreas del predio denominado Paraje San Juan, en Iztapalapa, expedido por Carlos Salinas de Gortari, publicado el 26 y el 27 de julio de 1989, documenta plenamente la ilicitud del atraco multimillonario, abiertamente anticonstitucional, a las contribuciones fiscales de la población capitalina en general, materia de las resoluciones en el referido juicio de amparo. Consecuentemente, con la misma plenitud justifica no sólo la solicitud de investigación hecha por el jefe de Gobierno, sino también que a partir de ella se decrete "el cumplimiento sustituto de la sentencia de amparo" previsto en la fracción XVI, segundo párrafo, del artículo 107 constitucional, "cuando su ejecución afecte gravemente a la sociedad", si es que la Suprema Corte ha de ser, finalmente, garante en este caso del imperio de la ley y no de la dictadura de su corrupción.
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La Constitución establece, en el artículo 31, fracción IV, la garantía "de los mexicanos" residentes en el Distrito Federal de contribuir a sus gastos públicos "de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes". La resolución del 25 de septiembre de 2003 de la Primera Sala de la Suprema Corte en el incidente de inejecución 76/200 "en cumplimiento del juicio de amparo 508/98" por la que se "ordena al jefe de Gobierno del Distrito Federal, en su calidad de autoridad responsable, para que de inmediato en el término de 24 horas proceda a pagar" al señor Arturo Arcipreste del Abrego "la cantidad de $1,810,314,500.00", violenta frontalmente esta garantía porque su único sustento son "instrucciones" del entonces jefe del Departamento del Distrito Federal, señor Manuel Camacho Solís, para reconocer como único beneficiario de la indemnización por la expropiación decretada por Carlos Salinas al padre del señor Arturo Arcipreste del Abrego, quien después de fallecido se ostentó como heredero universal de esos derechos de propiedad. El expediente comprueba que dichas instrucciones son contrarias a las disposiciones de las leyes que tutelan el derecho de propiedad, al pago debido de indemnizaciones por su expropiación por causa de utilidad pública, así como a la equidad y proporcionalidad en la asignación y manejo de las contribuciones fiscales, con base en "las conductas fraudulentas" referidas por el actual jefe de Gobierno.
En efecto, el expediente judicial consigna que mediante oficio, "sin número", de fecha 29 de marzo de 1993, suscrito por el entonces secretario general de Gobierno del Distrito Federal, señor Marcelo Ebrard Casaubón, dirigido al señor Arturo Arcipreste Nouvel, "con relación a su petición de pago" por la expropiación de referencia "y por instrucciones del licenciado Manuel Camacho Solís, jefe del Departamento del Distrito Federal, me permito informarle: El Departamento del Distrito Federal reconoce a usted como único propietario del predio denominado "Paraje de San Juan' o 'Paraje San Juan', en la delegación Iztapalapa... y en consecuencia, la indemnización que señala el artículo 3° del decreto expropiatorio del predio de su propiedad, le será cubierto a través de la constitución de un fideicomiso que se celebrará con una institución bancaria, y a la brevedad posible".
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Las instrucciones del señor Camacho, o para el efecto de cualquier gobernante, por sí mismas, sólo serían título para determinar e imponer la propiedad sobre este predio y obligar a la población en general a que pague mil 810 millones de pesos por su expropiación, en una dictadura ignorante de las fuentes constitucionales y legales de los derechos correspondientes, para beneficiar a privilegiados del régimen dictatorial. Las consideraciones del juez de distrito que convalidó en primera instancia esas instrucciones como título de propiedad y de pago fiscal no aclaran los impedimentos para que el gobierno Salinas-Camacho se abstuviese de realizar los pagos respectivos. Pero sí acreditan que el gobierno de Ernesto Zedillo-Oscar Espinosa no las convalidó, sometiéndolas al análisis de su "viabilidad" mediante oficio de éste último de 7 de diciembre de 1995, cuyo resultado se omiten en las consideraciones relevantes del juez. Este, sin formular en ellas análisis alguno, pontificó con toda arbitrariedad "que en el Registro Público de la Propiedad aparecen los antecedentes registrales del predio mencionado, de donde se desprenden los derechos que sobre el mismo tiene el de cujus (fallecido) Arturo Arcipreste Nouvel", supuestamente heredados a su hijo.
El análisis debido para la justicia constitucional, a la luz de los artículos 14, 16 y 27 en que pretende fundar sus resoluciones en este caso, exige revisar los antecedentes sobre la propiedad del predio objeto de la indemnización que deben constar en el Registro Público de la Propiedad. La revisión se formularía con el advenimiento de la democracia en el Distrito Federal, que curiosamente fue cuando se recurrió a la perversión del juicio de amparo para violentar las garantías de la población en su conjunto con la demanda presentada el 28 de agosto de 1998 y resuelta al vapor tres meses después, el 30 de noviembre del mismo año. Las consideraciones del juez constatan que en el informe presentado por el gobierno del señor Cuauhtémoc Cárdenas se establece que "el hecho de que no se haya dictado resolución al procedimiento -de indemnización- respectivo, obedece a que tiene que cerciorarse que efectivamente se pague a quien tenga derecho a ello, además de que han surgido distintas personas que se dicen propietarias".
En una resolución inaudita en un régimen de derecho, el juez de distrito sepultó el principio toral para el imperio de la ley de que "se pague a quien tenga derecho a ello", defendido por el gobierno de la ciudad en representación de las garantías de su población, al declarar textualmente que dicho principio "no es óbice", no es impedimento, para que el pago a quien no tiene derecho quede "paralizado indefinidamente, ya que de ser así resulta violatorio de garantías", mismas que evidentemente no otorga la Constitución, sino las acciones dictatoriales y las conductas fraudulentas que la corrompen, como lo vendría a comprobar en detalle el análisis a fondo de las constancias del Registro Público de la Propiedad realizado por el gobierno del señor López Obrador.
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En el intervalo, el cuarto tribunal colegiado en materia administrativa, en su resolución del 23 de enero de 1999 sobre el recurso de revisión del amparo de referencia, cavó todavía más la sepultura de los derechos legítimos de propiedad, y de la garantía constitucional de la población del Distrito Federal a no empobrecerse más, con el pago de sus contribuciones al enriquecimiento ilícito, cuando sostuvo que "debía concederse el amparo solicitado por la parte quejosa, pero no para que la autoridad le conteste su petición de pago de la mencionada indemnización, sino para el efecto de que las autoridades responsables procedieran a cuantificar el monto de dicha indemnización y con base en ella realizar el pago de la misma... en un término máximo de dos meses". El único fundamento que refiere la resolución medular es que "el secretario de Gobierno del Distrito Federal ya había resuelto lo conducente mediante oficio del 29 de marzo de 1993", como si la "instrucciones" que se asientan en el mismo para el marco judicial en México hubiesen derogado la Constitución, las leyes y las actuaciones consecuentes de todos los gobiernos del Distrito Federal que las rechazaron.
Más aún, el propio Poder Judicial, mediante resolución del juez octavo de distrito "B" en materia administrativa en el Distrito Federal del 14 de marzo de 2002, comprobó en el incidente de inejecución respectivo la falsedad de reconocimiento al señor Arcipreste "como único propietario del predio" de referencia y la falta de sustento de las resoluciones judiciales fundadas en dicho reconocimiento por el que se acredita que en dicho predio "existe sobreposición de inmuebles" correspondientes a otros propietarios cuyos títulos fueron confirmados en resoluciones de diversos amparos contradictorias con las recaídas en el amparo 508/98. Esta contradicción fundamental pretendió resolverse en la segunda sala de la Corte haciéndose eco de la manifestación del reclamante de "que para evitar más problemas en la ejecución, que se valuara y se le descontara el valor de los predios de los otros juicios".
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La lápida del caso para el derecho legítimo de propiedad y para la garantía constitucional de los capitalinos a la legalidad, equidad y proporcionalidad en sus contribuciones fiscales sobrevino con la consideración de la primera sala para ordenar el pago de mil 810 millones de pesos y que "en el juicio de amparo no se dilucidan problemas de propiedad" -después de que el jefe de Gobierno informó a la Corte el 6 de mayo de 2002 de documentación que niega la propiedad del señor Ábrego sobre el predio de referencia. La consideración contradice frontalmente las garantías que otorgan los artículos 14, 16 y 27 de la Constitución, precisamente para proteger el derecho de propiedad en que la sentencia original del amparo de referencia pretendió falsamente encontrar fundamento. Y es que, para entonces, "los antecedentes registrales" en que el juez fundó los "derechos" para otorgar el amparo comprobaban plenamente que "no se les puede dar valor probatorio alguno", en términos de la conclusión de un minucioso dictamen del Registro Público de la Propiedad del 28 de marzo de 2003, que comprueba lo fraudulento de esos antecedentes en que se sostiene el amparo 508/98.
El 16 de octubre pasado, la primera sala dio entrada al recurso interpuesto por el jefe de Gobierno ante la declaración de improcedencia de su solicitud de investigación de las conductas fraudulentas que sustentan dicho amparo. Es difícil concebir un acto que afecte más gravemente a la sociedad, no sólo capitalina, sino nacional, que la ejecución de su sentencia. La investigación, la responsabilidad del caso y la disposición correspondiente "de oficio del cumplimiento sustituto de la sentencia de amparo" que prevé la propia Constitución abre a la Corte la oportunidad de sacar de la tumba y reivindicar las garantías constitucionales de la población del Distrito Federal tan gravemente atropelladas por esa sentencia, así como de abrir esperanzas para el predominio del imperio de la ley sobre el dictado de su corrupción.

México S.A.
por Carlos Fernández-Vega
Tomado del Periódico La Jornada (México D.F. Lunes 20 de octubre de 2003)

Repsol ganó en México lo que le quitaron en Bolivia.
Las otras trasnacionales, listas para llevarse el resto del pastel de la cuenca de Burgos

CON LA ADJUDICACION del primer "contrato de servicios múltiples" a la trasnacional española Repsol, la administración del cambio patentiza su preclaro compromiso de "privilegiar la negociación política" como práctica cotidiana en su quehacer gubernamental de aquí a 2006, tal como asumió el inquilino de Los Pinos el pasado primero de septiembre.

SIN AVAL DEL SENADO de la República, sin negociación, sin consulta, sin aviso, Petróleos Mexicanos, con Raúl Muñoz Leos a la cabeza, lanzó la primera licitación -en dos bloques- para "todos aquellos interesados" en clavarle el diente al generoso pastel de la cuenca de Burgos, y el pasado jueves entregó la rebanada.

ASI ES. LA "PRIVATIZACION silenciosa" del sector energético nacional alcanza ya decibeles de estruendo y la sigilosa trasnacional española se ha encargado de celebrar su "éxito mejicano" en plaza pública, como amerita el caso.

TIENE RAZON DE SER EL entusiasmo de Repsol: con la caída de Gonzalo Sánchez de Lozada se le cancela -o está a punto de- la posibilidad de concretar el jugoso negocio boliviano de exportar gas a México y Estados Unidos, vía Chile, con mínima inversión y extraordinaria ganancia. Sin embargo, conocedora de la circunstancia latinoamericana, la trasnacional española sabe que si algo abunda en la región son gobiernos como el de Sánchez de Lozada, con energéticos y suculentos negocios asociados a ellos.

CAYO EL GONI, PERO la "democracia" latinoamericana ha tenido el cuidado de reproducir a gran escala a este tipo de personajes, todos cortados con la misma tijera washingtoniana. Y si no hay business en Bolivia, qué más da, porque lo habrá en México, Argentina, Brasil, Ecuador, Venezuela, Perú y/o Colombia, aunque lo "trasnacionalmente" ideal es hacerlos en todos al mismo tiempo.

DADA LA PRIMERA experiencia en la adjudicación de los contratos de servicios múltiples, todo hace suponer que el reparto del pastel de Burgos está "negociado políticamente", pero no con el Senado de la República, sino con el capital trasnacional. Tocó el turno a Repsol, tocará a las demás, cada una de ellas con su respectiva y jugosa rebanada, mientras de Xicoténcatl sólo salen declaraciones, amenazas y recordatorios -constitucionales y maternos-, pero no acciones concretas que eviten -por no decir detengan- el avance de la estruendosa "privatización silenciosa" del sector energético nacional.

ASI, EL PRESIDENTE FOX, los secretarios Creel y Calderón, los directores Muñoz Leos y Elías Ayub pueden estar tranquilos, sabedores de que mientras los "impedimentos" para concretar la privatización energética en México se limiten a declaraciones, amenazas y mentadas, el avance está garantizado, que para eso está Carlos Salinas de Gortari asesorando al gobierno del "cambio": ni los oigo, ni los veo, ni los pelo.

EN ESTE CONTEXTO, algunos senadores amenazan -dedo flamígero alzado- con "llevar a juicio" a los responsables de la sonora "privatización silenciosa" del sector energético nacional. Es por todos conocida la parsimonia con la que los asuntos estratégicos son abordados en el Senado de la República, pero en este renglón los inquilinos de Xicoténcatl y sus resplandecientes cuan elevados apéndices cuentan con información más que suficiente para proceder en alrededor de 200 casos documentados (permisos, autorizaciones, concesiones y conexos en la CFE y Pemex) en los que dichos responsables han violentado el espíritu constitucional.

REPSOL, PUES, EN CABALLO de hacienda para succionar el subsuelo mexicano y su riqueza. Su boleto de entrada -introducir el popote en Burgos- tendrá un costo -de acuerdo con lo prometido, aunque en este sexenio las promesas se las lleva el viento- de 2 mil 437.2 millones de dólares en dos décadas (casi un millón de dólares por kilómetro cuadrado concesionado), mismos que le garantizan 20 años -renovables, desde luego- de succión ininterrumpida, dedo flamígero senatorial incluido.

LA TRASNACIONAL ESPAÑOLA fue autorizada por Pemex a explotar el bloque Reynosa-Monterrey de la cuenca de Burgos, una zona de 2 mil 500 kilómetros cuadrados y con reservas probadas de gas natural calculadas en 57 mil 800 millones de pies cúbicos, distribuidos en 13 sitios localizados en esta subregión. Además se han detectado en ella otras 50 localidades en las que se estima la presencia de 101 mil 100 millones de pies cúbicos de reservas probables.

REPSOL LOGRO LA adjudicación del primer "contrato de servicio múltiple" otorgado por Petróleos Mexicanos en una licitación por demás extraña, en la que como por obra de magia Repsol apareció sola en la "contienda" para obtener la concesión gasera en la cuenca de Burgos, luego de que Exxon-Mobil y la francesa Total declinaron participar justo a la hora de las decisiones (la primera no presentó propuesta, mientras la segunda "no llegó a la cita"). En días pasados se comentaba en este espacio que difícilmente las trasnacionales energéticas se negarían a participar en un negocio tan jugoso como el ofrecido por los susodichos "contratos", porque los consorcios cuentan con todas las garantías -legales o no- del gobierno federal.

PERO NO, NO RESULTA extraño que Exxon-Mobil y Total "declinaran" presentar ofertas o "no se presentaran" a la cita. A ellas, y a otras, también se les darán sus parcelas, porque todo hace suponer que el reparto de la cuenca de Burgos está "políticamente negociado" y calendarizado para entregar las seis rebanadas restantes del pastel, conocidas como bloques: el próximo jueves se adjudicará Cuervito, el 30 de octubre Misión, el 6 de noviembre Corindón-Pandura, el 13 Ricos, y el 19 de noviembre Fronterizo y Olmos.

PARA PEMEX, EL otorgamiento del primer "contrato de servicios múltiples" permitirá fortalecer el objetivo de autosuficiencia de gas natural, y estimó que al cierre del año la cuenca de Burgos estará asignada en su totalidad, con la intención de que en enero de 2004 las trasnacionales inicien formalmente sus operaciones en cada uno de los siete bloques en los que dicha zona está dividida.

SOLO QUEDA UNA DUDA: ¿se "privilegia la negociación política" o se cabildea a patadas?

Las rebanadas del pastel:

BOLIVIA ESTA MUY LEJOS, dice Santiago Creel, pero la realidad muy cerca.